Ha recibido una propuesta de transacción del Ministerio Público. ¿Y ahora qué?
Si el fiscal considera que usted es culpable de un delito, en determinados casos puede imponerle una sanción. En ese caso, recibirá una orden penal o una propuesta de transacción. ¿Ha recibido una carta del CJIB con la letra “T”? Entonces, el Ministerio Público quiere llegar a un acuerdo con usted. En la carta, el Ministerio Público propone una multa de una determinada cantidad. Atención: el Ministerio Público aún no le ha impuesto ninguna sanción. Es solo una propuesta.
¿Puedo rechazar la propuesta de transacción?
No está obligado a aceptar la propuesta de transacción. No es una propuesta por nada, por supuesto. Si no está de acuerdo con la propuesta de transacción, no tiene que hacer nada. Una vez transcurrido el plazo de pago, el fiscal decidirá si presenta su causa penal al juez de policía. El Ministerio Público tendrá que demostrar entonces que usted ha cometido un delito. En última instancia, es el juez de policía quien decide si se le impone una sanción (y cuál).
¿Qué consecuencias tiene aceptar una propuesta de transacción?
Si acepta la propuesta de transacción, evitará tener que comparecer ante el juez de policía. Si acepta la propuesta de transacción, no habrá reconocido haber cometido el delito. Sin embargo, esto quedará registrado en sus antecedentes penales (Documentación Judicial). Esto puede dificultar la obtención de un Certificado de Buena Conducta (VOG). Tenga en cuenta que esto puede causarle problemas para encontrar unas prácticas o un nuevo trabajo. Por lo tanto, nunca acepte una transacción antes de hablar con su abogado.
¿Por qué es aconsejable contratar a un abogado cuando ha recibido una propuesta de transacción?
Si acepta la propuesta de transacción, esto puede tener consecuencias para su futuro. Es posible que su expediente penal no contenga pruebas suficientes para una condena. Obtener asesoramiento experto puede evitar consecuencias innecesarias. Por ejemplo, es concebible que su expediente penal no contenga pruebas suficientes para una condena. Por lo tanto, nunca acepte una propuesta de transacción sin haber consultado antes a un abogado. Nuestros abogados están especializados en derecho penal y pueden asesorarle sobre la propuesta de transacción. No dude en ponerse en contacto con nosotros.
¿Ha sido invitado a una audiencia de trabajo comunitario del Ministerio Público?
El Ministerio Público puede invitarle a una llamada audiencia de trabajo comunitario del Ministerio Público. Esto también se conoce como audiencia TOM. Durante esta audiencia, el fiscal le hará personalmente una propuesta de transacción. No hay ningún juez presente. Es aconsejable llevar a un abogado a una audiencia TOM. Su abogado se asegurará de que la audiencia TOM se desarrolle de acuerdo con las normas. Además, un abogado penalista experimentado puede evaluar directamente si la propuesta de transacción es razonable. Si es necesario, su abogado formulará una contrapropuesta para resolver el caso directamente. La experiencia demuestra que los sospechosos suelen sentirse más cómodos con un abogado a su lado que les ayude a superar estas negociaciones con el Ministerio Público. Nuestros abogados penalistas pueden asistirle durante la audiencia TOM. No dude en ponerse en contacto con nosotros sin compromiso.
¿Cuál es la diferencia entre una orden penal y una propuesta de transacción?
Cuando el Ministerio Público le hace una propuesta de transacción, recibe una carta del CJIB con la letra “T”. No está obligado a pagar la propuesta de transacción. Cuando el Ministerio Público le impone una orden penal, recibe una carta del CJIB con la letra “O”. En esta carta se describe la sanción que le ha impuesto el Ministerio Público. Si no presenta oposición a la orden penal, está obligado a cumplir la sanción.