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Causa penal en curso

Indulto condicional concedido para una pena de tres meses de cárcel

En virtud del artículo 2 de la Ley de Indultos, la Sra. J.J.H.M. presentó una petición de indulto en nombre de un cliente en octubre de 2015. De Crom consideró que existían circunstancias que el tribunal no pudo tener en cuenta o no suficientemente en el momento de su decisión y que, de haberlas conocido o conocido suficientemente en ese momento, le habrían impulsado a imponer una pena o medida diferente, o a abstenerse de hacerlo.

Las circunstancias relacionadas con el cambio de circunstancias personales del cliente.

Hace tres semanas, Dienst Justis informó de que Su Majestad el Rey había concedido un indulto condicional a su cliente. Con ello se le exime de una pena de tres meses de prisión menos la prisión preventiva. La condición que debe cumplir el cliente es que no se le permita cometer ningún delito en los próximos dos años.

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